Micelio
Auto26 de enero de 2023

A- de 2023

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante De Oficio Procesado Angel Cutiva Helber Orlando·Demandado Angel Cutiva Helber Orlando

Tema · dato duro
Delito Contra La Libertad, Integridad Y Formación Sexual De Una Menor De Catorce Años, Cometido Por Un Miembro De La Comunidad Indígena-No Se Cumplen Los Elementos Para Activar La Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Elemento Objetivo Y El Umbral De Nocividad
  • Esencial en la toma de decisiones y para resolver conflicto de competencia entre jurisdicciones
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto positivo de jurisdicción suscitado entre el “juzgado penal” y la “comunidad indígena”.

En el presente caso se discute la presunta comisión de un delito contra la libertad, integridad y formación sexual de una menor de catorce años, cometido por un miembro de la comunidad indígena, cuya investigación es reclamada por la jurisdicción ordinaria sobre la base de que no están acreditados los elementos que configuran el fuero indígena.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones y de reiterar jurisprudencia sobre la jurisdicción especial indígena y los presupuestos para el reconocimiento del fuero, la Corte declaró que la Jurisdicción Ordinaria en su Especialidad Penal, es la competente para conocer el proceso penal mencionado.

Lo anterior porque no se acredito el factor institucional en tanto el Resguardo no demostró tener reglas ni estándares establecidos sobre el juzgamiento de los hechos, la garantía de los derechos involucrados en el proceso y las medidas a adoptar para proteger y reparar a la víctima.

Se deja sin efectos el Acta de Juzgamiento mediante el cual el gobernador de la comunidad indígena sancionó al implicado y se remite el expediente al juzgado penal para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la autoridad indígena y a los sujetos procesales interesados en el trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto positivo de jurisdicción entre el juzgado penal y la comunidad indígena en el sentido de DECLARAR que la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Penal es la competente para conocer del proceso que se adelanta contra Juan, por el delito de actos sexuales con menor de 14 años.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el Acta de Juzgamiento No.01 del 26 de febrero de 2022, mediante la cual el Gobernador de la comunidad indígena sancionó al Juan, por la comisión del delito de actos sexuales con menor de 14 años.
  3. TERCERO. A través de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2356 al juzgado penal para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Jurisdicción Especial Indígena de la comunidad indígena y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por12
A. 722/24Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia Se Encuentran SatisfechosA. 1963/24Incumplimiento Del Factor Institucional-La Comunidad Indígena No Acreditó Que Cuente Con Mecanismos Para Garantizar Los Derechos De Los Niños, Niñas Y Adolescentes, Que Presuntamente Han Sido Víctimas De Violencia Sexual.A. 1948/24La Comunidad Indígena Cuenta Con La Capacidad Para Sancionar La Conducta Investigada, Además Garantiza La Protección De Los Bienes Jurídicos Presuntamente Lesionados Por La Conducta Del Procesado Y Respeta El Derecho Al Debido Proceso Del Acusado.A. 1786/24Incumplimiento Del Factor Institucional- El Factor Objetivo No Es Determinante- Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes-Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria-La Comunidad Indígena No Acreditó La Existencia Procedimientos Efectivos Para La Satisfacción Plena Del Derecho Al Debido Proceso.A. 1633/24Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional- Factor Objetivo No Es Determinante- No Se Acreditó Que La Comunidad Cuente Con Procedimientos Que Garanticen La Protección De Los Bienes Jurídicos Presuntamente Lesionados, Que Sean Respetuosos Del Derecho Al Debido Proceso, Que Garanticen Los Derechos De Las Víctimas Y Un Poder De Coerción.A. 1590/24Incumplimiento Del Elemento Objetivo E Institucional- Los Bienes Jurídicos Violentados Son De Especial Interés Para La Sociedad Mayoritaria, Por La Importancia De La Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes, De La Mujer Y La Obligación De Superar Todas Las Formas De Violencia De Género- No Se Evidenció Estructura Orgánica Que Proteja El Debido Proceso Del Investigado Y Garantice Los Derechos De La Víctima, Especialmente, En Tratándose De Formas De Violencia De Genero-Aplicación De Enfoque Étnico.
Ver las 12

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.